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S visados. Los S-5 y S-6 visas son limitados en número y son para personas que tienen información importante y fiable acerca de una organización o empresa delictiva. Deben estar dispuestos a suministrar (o hayan suministrado) información a los agentes encargados de hacer cumplir la ley estatal o federal y su presencia debe ser determinado que es esencial. (Estos se conocen comúnmente como visas “Espía”.) La visa S-5 es para las personas que determine a ser esencial por el Fiscal General y disponer de información fiable y crítica acerca de una empresa u organización criminal. La visa S-6 es para las personas determinadas conjuntamente por la Secretaría de Estado y el fiscal general que tenga información fiable y crítica en torno a una organización terrorista, donde la persona que solicita la visa es o será, en peligro si no se concede la visa. Doscientos visas se asignan a la categoría S-5 y 50 para la categoría S-6. Estas visas se limitan a tres años y no podrán extenderse; Sin embargo, el beneficiario podrá conceder la residencia permanente más adelante, siempre y cuando la información proporcionada sustancialmente contribuye al éxito de la investigación. Estas visas también están disponibles para los miembros de la familia admitidos como S-7.

Visas U.  Esta visa es para un extranjero que ha sido víctima de crímenes violentos graves (incluyendo la violencia doméstica) que figuran en el estatuto, y ha sufrido “abuso físico o mental como resultado”. Para calificar para esta visa, la víctima debe haber sido de ayuda, es ser útil, o que será útil a un oficial de la ley federal, estatal o local. La visa se limita a 10.000 emitida por año, y hay disposiciones que permiten a la víctima para ajustar su estatus a residencia permanente después de tres años.

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