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A partir del 4 marzo de 2013, ciertos solicitantes de visa de inmigrante que son cónyuges, o hijos  de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales, puede solicitar un perdon provisional por haber estado de manera ilegal en los Estados Unidos antes de salir a procesar su visa de inmigrante al consulado Americano del pais de origen.  

Para más información y para tener una consulta en profundidad acerca de su elegibilidad para esta exención provisional en Estados Unidos, por favor llame a nuestra oficina (914-636-5657) para  programar una consulta.

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